La
Comisión Directiva les remite información institucional importante para tener
en cuenta.
1) En
las reuniones de Directorio (realizadas cada 15 días por estatuto) se visan,
evalúan y autorizan:
* Solicitud de matriculación en su control y otorgamiento, con la
presentación de la documentación solicitada y pertinente a la misma.
* Solicitud de baja de matrícula, con presentación de nota al Directorio
realizada por el matriculado con firma, aclaración, DNI y número de matrícula.
A la solicitud de la misma adjuntar la credencial habilitante al ejercicio
profesional, en caso de haberla perdido se debe adjuntar certificado de pérdida
extendido por la policía. (Art 9 - g Deberes y Obligaciones del Colegiado).
* Solicitud de cuota especial, teniendo en cuenta los requisitos del
Estatuto, con nota del matriculado con firma, aclaración, DNI y número de
matrícula (Fotocopia de DNI y credencial, negativa de Anses, certificación de
desempleo). Vencido el plazo queda a criterio del colega su situación dar de
baja su matrícula entregando su credencial al Colegio (en caso de haberla
perdido se debe adjuntar certificado de pérdida extendido por la policía) o
bien continuar con la cuota de pago total. El otorgamiento de la cuota especial
se aplica en los siguientes casos:
- Colegiados que no ejerzan la
profesión y que tengan una antigüedad en la matrícula del Colegio de hasta dos
(2) años y presenten certificado de desempleo de la Secretaria de Trabajo.
- Colegiados que se ausenten de la
jurisdicción del Colegio por un plazo superior a seis (6) meses.
* Solicitud de baja de matriculación de colegas jubilados, con
presentación de nota al Directorio realizada por el matriculado con firma,
aclaración, DNI y numero de matrícula, entregando su credencial al Colegio (en
caso de haberla perdido se debe adjuntar certificado de pérdida extendido por
la policía) en caso que el colega quiera solicitarla; caso contrario, el
matriculado jubilado puede seguir abonando su cuota social. Cabe aclarar que su
jubilación es independiente a la baja de matrícula, la misma debe ser requerida
al Colegio Profesional.
2) Las
solicitudes de certificaciones de matriculación se realizan con presentación de
nota al Directorio realizada por el matriculado con firma, aclaración, DNI y
número de matrícula; pudiendo realizarse por correo electrónico y con
antelación. La misma tiene un abono por gasto administrativo.
3) La
Secretaria de Hacienda continúa con la política de mejorar la gestión de
cobranzas y convenios en la regularización de deudas a los colegas en situación
de mora, realizando las correspondientes derivaciones al Área jurídico - legal
y Tribunal de Ética y Disciplina para el cobro de las mismas en aquellos casos
previstos por el estatuto, y realizando las acciones pertinentes a cada situación.
Cabe aclarar que a estas regularizaciones se le suman los gastos de gestión que
refieren a los insumos de distinta índole (envíos de correspondencia, gastos
administrativos).
El Estatuto indica en su:
Art. 3 – 2) “Controlar el ejercicio de la
profesión denunciado toda práctica ilegal o desleal de la misma, ejerciendo las
facultades que le confiere la ley en defensa de los intereses profesionales.
Deberá actuar de inmediato promoviendo las acciones que correspondan, incluso
las penales, cuando se detecten violaciones a la norma…”
Art 9 – h) “Pagar en tiempo y forma
las cuotas sociales, periódicas ordinarias o extraordinarias que establezca el
Directorio mientras se mantenga la vigencia de la matrícula”.
Es decir, el colega que cumple con lo
establecido por el estatuto y el Código de Ética y Disciplina está solventando
el incumplimiento de quienes no pagan. No es una cuestión de Comisión o de
Directorio, es norma institucional, por ende hacerla cumplir es derecho y
deber, en definitiva es justicia.
Señalamos que, según el Estatuto, la
situación de morosidad constituye una falta y que faculta al directorio a
solicitar el pago total del mismo mediante proceso judicial, el cual esta
gestión de gobierno tiene la decisión política de llevar adelante en su
cumplimiento estatutario.
El pago mensual de la cuota social del
Colegio es la responsabilidad y el compromiso particular que tenemos todos y
cada de los matriculados. No cumplirla es una falta que incumple con nuestros
deberes y obligaciones en el ejercicio legal de nuestra profesión.
Defendamos este principio ético de
nuestras prácticas profesionales y démosle la legitimidad que corresponde.
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