
Si bien en nuestra provincia está vigente de Ley Provincial de Salud Mental nº 10.772/91 y su reglamentación (decreto reglamentario Nº 2155), a partir de 2007 toma impulso con políticas dirigidas a empoderar las acciones en los Centros de Salud, en la creación de dispositivos alternativos a la lógica manicomial (viviendas asistidas, proyecto productivos, cooperativas de trabajo, radio comunitaria y otros) para evitar la cronificación y la internación prolongada de personas con padecimiento subjetivo, donde muchas veces el criterio de internación es la falta de lazos familiares y afectivos o el hecho de no tener una vivienda.
Si bien estos dispositivos se sostienen desde los actores, se debe poner énfasis en que sean parte dentro de la estructura presupuestaria de la provincia y no solo la iniciativa voluntaria de quienes la sostienen (profesionales, pacientes, comunidad, etc).
Lic. Laura Nuñez
A continuación el texto de la Ley 26.657:
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